Desde el Partido Socialista de La Pampa entendemos necesario emitir nuestra opinión sobre lo que significará el fallo que el día miércoles darán los integrantes del Jury de Enjuiciamiento en el juicio que se le sigue al juez Carlos Flores.
El Artículo 113° de nuestra Constitución establece que “los Jueces … podrán ser denunciados por el mal desempeño” y en esos términos hay que evaluar lo resuelto en el “caso Carla Figueroa”.
Rescatamos en este análisis la trayectoria de las militantes socialistas que a lo largo de la historia en Argentina han luchado para terminar con la violencia, las injusticias y desigualdades sufridas por las mujeres.
Miles de mujeres, niñas, adolescentes, adultas, fueron golpeadas, torturadas y asesinadas ante el silencio y la complicidad de jueces y funcionarios que, violando sus deberes, avalaron y justificaron a los violentos. Fue una lucha desigual entre vulnerables y necios, decidida casi siempre a favor de estos últimos. Muertes anunciadas de mil maneras en sistemas que desde lo formal declamaron proteger y nunca lo hicieron. Las víctimas siempre han hablado y sus cadáveres también. Rara vez fueron escuchadas. Abundan lamentablemente los terribles ejemplos de una justicia que ha llegado siempre tarde. (1)
No puede haber mayor ofensa a la condición humana que aquella muerte que pudo evitarse con un poco de sensibilidad. No hablamos de brillantez o entrega extrema, sino de un mínimo de humanidad para leer lo que hay que leer, ver lo que hay que ver y decidir lo que hay que decidir. Y cuando eso no sucede, una joven como Carla, violada de niña, casada con su violador un año después y asesinada por el mismo ex convicto, con la bendición de dos jueces, vuelve a recordarnos nuestras propias miserias. Sin embargo, esa muerte, tan absurda como anunciada, unió lo que parecía imposible. Treinta diputados/as pampeanos/as, de posiciones políticas, creencias y filosofías diversas y en muchos casos opuestas, unánimemente, no vacilaron ni un instante en actuar como comunidad, como colectivo verdaderamente humano, que discuten a diario y hasta se pelean por sus ideas, pero se unieron ante el horror. Frente a lo irreversible, señalaron a uno de los dos magistrados que probablemente haya contribuido decisivamente para esa injusta muerte. Los legisladores pampeanos que denunciaron al juez Flores quebraron una historia de vergüenza e indiferencia.(1)
Los entonces jueces Flores y Jensen violaron tratados internacionales de derechos humanos, entre ellos la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención de Belem do Pará. El Estado, aquí representado por estos jueces, tenía el deber de actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar, juzgar, sancionar y reparar los hechos de violencia contra las mujeres. Este deber, como afirmó la Corte Interamericana de Derechos Humanos, resulta reforzado en estos casos.(2)
El homicidio de Carla Figueroa no fue un imponderable. Se aplica la doctrina del riesgo previsible y evitable: Flores y Jensen tenían “conocimiento de una situación de riesgo real e inmediato para” Carla “y tenían posibilidades razonables de prevenir o evitar ese riesgo”, en términos de lo exigido por la Corte Interamericana para que se configure esta responsabilidad. Estaban frente a lo que comúnmente se denomina crónica de una muerte anunciada, tenían posibilidades de prevenirla y no lo hicieron.(2)
Más allá de los cuestionamientos a la figura del avenimiento, no existían los requisitos mínimos para aplicarla. Tal cual lo opinado por los magistrados piquenses. Flores no hizo ningún tipo de acción eficaz tendiente a su verificación. Simplemente consideró que la propuesta de avenimiento de Carla “luce real y sincera, libre, sin presiones”. Los jueces se deben basar en normas, hechos, pruebas, es intolerable que un juez actúe en función de cómo “luce” una propuesta.(2)
Tan previsible era la reiteración de hechos de violencia del actual homicida, que Flores delegó “la implementación de controles asistenciales y psicológicos tendientes a evitar la producción de nuevos hechos de violencia de género”. El juez era garante de la prevención y protección ante estos hechos de violencia contra Carla, pero no le brindó una asistencia adecuada. Tampoco indicó ni supervisó siquiera estas medidas, pese a que pudo anticipar el riesgo.
Estamos frente a una oportunidad bisagra: ser coherentes con las políticas de género que desde el FREPAM se instalaron en la gestión capitalina, el movimiento de mujeres y con la militancia comprometida de sectores justicialistas, con una justicia con perspectiva de género, con abogados defensores de los derechos humanos o ser cómplices del peor, mas aberrante y retrogrado mensaje: las violaciones sexuales, los hechos de violencia contra las mujeres en La Pampa gozan de impunidad.
Los actos tienen consecuencias y responsables. Antes un juez, ahora los integrantes del Jury.
Carlos Rolero Adrián Peppino
p/ Junta Ejecutiva Provincial
(1) Carlos Rozanski , Juez Federal
(2) Marcela Rodriguez, Diputada Nacional